TELETRABAJO Y DESPIDO

18.11.2020

Si te encuentras teletrabajando y la empresa te despide verbalmente (llamada, videollamada, etc) el despido será declarado IMPROCEDENTE.

Para que el despido sea válido, te lo deben comunicar por escrito mediante BUROFAX o CORREO ELECTRÓNICO CERTIFICADO.

Además, si la empresa te lo comunica por correo electrónico certificado, no vale con que el mensaje conste como entregado, sino que es necesario que se acredite que has descargado el contenido.